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| Homoclave: |
INDAUTOR-00-014-A |
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| Nombre del trámite: |
Dictamen Previo sobre la Procedencia de una Reserva de Derechos |
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| Dependencia u organismo |
Instituto Nacional del Derecho de Autor |
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| Unidad administrativa responsable del trámite |
Dirección de Arbitraje |
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| Dirección de la unidad administrativa responsable |
Dinamarca 84, interior piso 3 Colonia:Juárez Código postal: 06600, México, D.F |
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| Datos del responsable del trámite para consultas o quejas |
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| Nombre del responsable: |
José Gilberto Garduño Fernández |
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| Cargo: |
Director de Reservas |
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| Correo electrónico: |
jgilberto@sep.gob.mx |
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| Dirección y teléfonos |
Dinamarca 84, interior piso 3 Colonia:Juárez Código postal: 06600, México, D.F Teléfono(s): (55) 3003-1097, (55) 3003-1000 52.30.76.36 extensión 21183 Fax:- |
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| Horarios de atención al público |
Horarios de atención De 9:30 a 13:30 horas de lunes a viernes |
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| No está dado de alta el órgano interno de control en el sistema |
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| Esta ficha es para un servicio |
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| Dictamen Previo para Publicaciones o Difusiones Periódicas, Nombres Artísticos y Denominaciones de Grupos Artísticos |
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| ¿ Qué efectos tendría la eliminación de este trámite ? |
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| No se le podría informar al usuario de la existencia de una Reserva de Derechos otorgada con anterioridad o que se encuentre en trámite que pueda causar confusión con la que él solicita. Por otra parte, no existiría el mecanismo para otorgar, en caso que proceda, una reserva de derechos. |
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| Fundamento jurídico que da origen al trámite |
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| Artículo 76, Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor |
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| Casos en los que se debe presentar el trámite |
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| ¿Quién? |
El usuario en general |
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| ¿En qué casos? |
Cuando desee obtener información sobre la procedencia de la Reserva de Derechos que pretenda solicitar. |
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| Medio de presentación del trámite |
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| Datos de información requeridos: |
Únicamente los datos indicados en el formato |
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| Datos de información requeridos: |
Únicamente los datos indicados en el formato |
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| Datos de información requeridos: |
Este trámite no requiere la presentación de datos de información |
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| Monto: |
Artículo 184, fracción XVIII de la Ley Federal de Derechos. Para determinar el monto ver tabla y explicación anexas. El pago se deberá efectuar en el formato: Hoja de ayuda |
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| Explicación: |
De acuerdo al factor de actualización que proporciona la Secretaría de Hacienda y Crédito Público |
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| No le pueden exigir un pago distinto al indicado en esta ficha. En caso contrario, por favor repórtelo a los teléfonos de quejas y denuncias señalados. |
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| Documentos que deben anexarse a la solicitud |
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| Únicamente los indicados en el formato |
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| Plazo máximo de respuesta |
Plazo de respuesta 15 días hábiles
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| Fundamento jurídico: |
Artículo 76, Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor |
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| Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo. |
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| La autoridad cuenta con un plazo máximo de 5 días hábiles para requerirle al particular la información faltante. |
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| Tipo de resolución: |
dictamen previo |
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| Criterios de resolución del trámite |
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| El Instituto no podrá emitir Dictamen Previo sobre las materias señaladas en el artículo 188 de la Ley Federal del Derecho de Autor. |
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El dictamen previo tiene carácter informativo y no confiere al solicitante derecho alguno de preferencia, ni implica obligación para el Instituto en el otorgamiento de la reserva.
Las claves de género y especie son: Publicaciones Periódicas: periódicos 101; revistas 102; directorio 103; cabeza de columna 104; folleto 105; boletín 106; suplemento 107; calendario 108; gaceta 109; catálogo 110; guía 111; agenda 112; colección 117. Difusiones Periódicas: programa de T.V. 201; programa de radio 202; difusión vía red de cómputo 203. Personajes: ficticio o simbólico 301; humano de caracterización 302. Personas o grupos dedicados a actividades artísticas: nombre artístico 401; denominación de grupo artístico 402. Promoción publicitaria 501. |
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